viernes, 17 de enero de 2020

Las Esclavas del Cristo de La Laguna


Un grupo de mujeres lleva 17 años pidiendo al obispado de Tenerife que se le permita ingresar en la Esclavitud del Cristo de La Laguna (en adelante, Esclavitud), hermandad constituida como una «asociación religiosa de caballeros». Y como el obispo viene dando la callada por respuesta, estas señoras han acudido a la justicia ordinaria para obtener lo que ellas consideran un derecho fundamental recogido en la Constitución (art. 14): «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». Además, la Esclavitud es una asociación pública inscrita como tal en registros oficiales y que ha recibido fondos públicos.

Existe también un argumento eclesiástico, a saber, la exclusión de las mujeres como «Esclavas» vulnera un decreto de 2011 del Arzobispado de Sevilla, bajo cuya jurisdicción se halla la Diócesis de Tenerife, donde se prohibe la discriminación en razón del sexo en las hermandades y cofradías. Por último, existe un argumento histórico. El origen de esta Hermandad fue la primitiva Cofradía del Stmo. Cristo de La Laguna, fundada a mediados del S. XVI y que estaba constituida por hombres y mujeres. En 1659, se funda la actual Esclavitud, que absorbió a la anterior, con la particularidad de que estaba formada por «treinta y tres caballeros seglares». 

Analicemos estos tres argumentos. En primer lugar, las cofradías religiosas son organizaciones «privadas» sometidas al Derecho canónico, por tanto, pueden fijar en sus estatutos las normas que consideren oportunas según los fines que persigan. Las asociaciones religiosas establecen exclusiones en función del sexo (también los clubes deportivos), religión (estar bautizado); restricciones (ser mayor de edad) y servidumbres (obligaciones), lo cual implica necesariamente discriminar en función de estas categorías. El citado art. 14 de la CE no es aplicable en el ámbito privado porque la discriminación es inherente a la libertad del individuo y al ejercicio del derecho de propiedad. Por tanto, ser admitido a una organización privada o a un espacio privado no es un derecho del peticionario, sino una facultad del propietario. 

Análogamente, las mujeres no pueden exigir judicialmente ser elegibles para el orden sacerdotal, ni tampoco los sacerdotes hacer lo propio para que la Iglesia les permita contraer matrimonio (Art. 32. 1 CE). En definitiva, los entes privados -individuos u organizaciones- pueden legítimamente discriminar sin que estén obligados a justificarse. Esta cuestión ya la hemos tratado en otro artículo titulado «Sobre la discriminación».

Y si el obispado de Tenerife incumple una norma del arzobispado de Sevilla, las demandantes deberán dirigirse al arzobispo y olvidarse de los juzgados. Respecto del argumento histórico, la petición, en todo caso, debe cursarse al Esclavo Mayor de la cofradía. Existe en la sociedad una excesiva apelación a la coacción estatal para resolver disputas que pertenecen al orden de las relaciones privadas. Supongo que el obispado de Tenerife no pondrá obstáculos para que estas devotas del Cristo de La Laguna funden su propia cofradía femenina. 

Pero todo parece que no es una cuestión de fe, sino una pataleta feminista. Las feministas tienen una especial habilidad para interpretar las normas de forma interesada. Por ejemplo, desde que se aprobó la Constitución (1978) hasta 2002 sólo los varones fueron elegibles para el servicio militar obligatorio (las mujeres se «iban de rositas»). En 24 años, ni una sola feminista alzó la voz para reclamar la igualdad en esta prestación forzosa para la defensa nacional. Esclavas de Cristo sí, pero esclavas del Estado no. Estas mujeres dicen ser devotas del Cristo de La Laguna, pero no se comportan como cristianas, sino como vulgares adoradoras de la luciferina ideología de género. Ya veremos lo que dictamina la justicia el próximo lunes,¹ pero mucho me temo que, una vez más, los togados se arrodillen ante el tsunami de género. Si el fallo fuera a favor de las demandantes, a los cofrades sólo les queda impedir la entrada de mujeres negando los dos avales que se requieren para ser admitido a la Hermandad.

¹ El juicio contra la Esclavitud y el obispo se celebrará el próximo 20 de enero en la sala 7 del Palacio de Justicia de S/C Tenerife.

sábado, 9 de noviembre de 2019

¿Existe el derecho a la información?


Hace muy pocos meses, cuando Vox irrumpió en la escena política, el partido y sus dirigentes fueron objeto de todo tipo insultos y descalificaciones por parte de los medios de comunicación vinculados a la izquierda política. Pero a medida que Vox iba ganando apoyo social, afiliados, votantes y escaños (12 en el parlamento andaluz y 24 en el Congreso), el interés informativo en torno a Vox aumentó considerablemente. En poco tiempo, sus dirigentes pasaron de ser peligrosos fascistas a ser reclamados por todos los medios de comunicación. Vox, rompiendo la tradición de lameculismo político (valga la redundancia) y sumisión al «cuarto poder», decidió boicotear a quienes se habían alistado a un ejército de mentirosos y manipuladores, bajo la «alerta antifascista» decretada por el comunista Pablo Iglesias.

Hermann Tertsch
Entre otras, las marcas vetadas fueron: Público, eldiario.es, La Marea, El Plural, Todo es mentira (Cuatro), EL ESPAÑOL, El Mundo, El País, El Intermedio (laSexta), InfoLibre y Contexto (CTXT). El boicot consistió en no invitarles a sus actos, prohibirles la entrada si se presentaban por sorpresa, negarles las entrevistas («No moleste Cuatro») y, en general, bloquear toda comunicación con sus enemigos. Estos últimos contraatacaron con un discurso victimista: «Vox no deja trabajar a los  pobres compañeros», o con un discurso legalista: «La discriminación que hace Vox atenta contra el derecho a la información de los ciudadanos». Por su parte, el partido de Santiago Abascal alega que la exclusión es la legítima defensa ante la «cantidad de mentiras y basura que se está publicando y emitiendo sobre Vox», en palabras del periodista y eurodiputado, Hermann Tertsch.

Analicemos quién lleva razón en esta disputa.

Primero. ¿Existe el derecho a la información?
Los derechos formulados en abstracto -a la información, al trabajo, a la vivienda, a decidir, etc.- son confusos y, casi siempre, se interpretan de forma sesgada e interesada. Recordemos que si alguien tiene un derecho, un tercero tiene un deber para con él. En este caso, si los periodistas tienen el derecho a ser invitados, Vox tiene el deber de invitarlos. Análogamente, si yo tengo derecho a una vivienda, alguien tiene el deber de proporcionármela. Todos estos derechos positivos son espurios, falsos, son pseudoderechos. Los derechos genuinos son negativos, es decir, están referidos a la no injerencia de terceros. Por ejemplo, si una pandilla de energúmenos irrumpe violentamente en la sala donde se realiza un acto electoral o una conferencia se está violando el derecho de los organizadores a proporcionar información a la audiencia.

Esteban y Espinosa de los Monteros
Segundo. La exclusión como derecho de propiedad.
Vox, como cualquier persona física o jurídica, tiene el derecho de invitar a unos y excluir a otros en aquellos actos organizados en su propiedad o en locales contratados. Los medios de comunicación, por su parte, actúan de igual modo: en sus programas invitan a unas personas y excluyen a otras, en función de su interés informativo. El derecho de elegir a unos implica necesariamente el derecho de discriminar a otros. En otras palabras: el derecho de exclusión se subsume en el derecho de propiedad. Nadie puede exigir «ser invitado» a la casa de otro. De igual modo, la propiedad de nuestro cuerpo nos faculta a rechazar un apretón de manos, tal y como hizo Aitor Esteban con Iván Espinosa de los Monteros al finalizar un debate televisado.

Ludwig von Mises
Tercero. Vínculos contractuales y hegemónicos. Según Mises (2011: 234): «Existen dos formas de cooperación social: la cooperación en virtud de contrato y la coordinación voluntaria, y la cooperación en virtud de mando y subordinación, es decir, hegemónica». La comunicación es una relación contractual porque ambas partes deben consentir el intercambio. El promotor de un acto comunicativo elige invitado, siendo este último libre de aceptar o declinar la invitación. Además, cualquiera de las partes puede establecer previamente algunas condiciones: económicas y de otro tenor. El derecho a no participar en una comunicación se observa cuando algún contertulio de un programa se niega a dirigir la palabra an miembro de Vox, cuestión que nadie pone en tela de juicio.

Los periodistas que exigen un supuesto «derecho a la información» pretender convertir un vínculo contractual en otro hegemónico, impuesto violentamente al interlocutor. En definitiva, la «información», en abstracto, ni es un derecho ni es un deber. La información debe obtenerse lícitamente, ya sea mediante un intercambio económico (comprar un periódico) o mediante acuerdo entre los hablantes.

Bibliografía:
Mises, Ludwig von (2011). La acción humana. Madrid: Unión Editorial





viernes, 25 de octubre de 2019

Sobre el precio del alquiler de vivienda




En otros artículos ya he tratado la cuestión del control de precios de los alimentos, así que hoy me centraré en el mercado del alquiler de vivienda.

Empecemos recordando la famosa ley de oferta y demanda. Cuando la escasez relativa de un bien económico aumenta, es decir, cuando su demanda aumenta en mayor medida que su oferta, su precio sube, bajando en el caso contrario. Si suponemos que el resto de circunstancias no se modifica o ceteris paribus (escenario irreal cuya utilidad es facilitar el razonamiento), la subida del precio del alquiler implica necesariamente la reducción del precio de otros bienes. Si la gente gasta más en alquiler, ceteris paribus, forzosamente deberá gastar menos en otras cosas; por tanto, su demanda bajará y con ella el precio. La subida del precio del alquiler reduce el nivel de vida de los arrendatarios y aumenta el de los arrendadores; los primeros deberán reducir el consumo de otros bienes y los segundos lo podrán aumentar. 

Políticos, periodistas y arrendatarios, ponen el grito en el cielo cuando los alquileres suben de precio generando una alarma social. Consideran que la vivienda es un bien de primera necesidad y que la autoridad debería hacer algo para evitar precios «excesivos». La ciencia económica refuta la existencia de precios objetivos (el valor es subjetivo), por tanto, afirmar que un precio es «demasiado» bajo, «asequible» o «demasiado» alto es una mera opinión; por ejemplo, alguien podría pensar que la subida de precios del alquiler es buena para evitar la «excesiva» población en una zona, cuestión también opinable por idénticas razones. En Canarias, sin ir más lejos, hay quienes piensan que ya no cabe nadie más en las islas. En buena lógica, deberían alegrarse porque la mencionada subida ejerce un efecto de expulsión de residentes. Pero volvamos al análisis económico:

Existen dos formas de mercado, no violentas, de hacer bajar el precio:

A) Reducir la demanda: podríamos persuadir a los consumidores que se trasladen a vivir a un sitio más barato o que compartan vivienda. Esto no es necesario porque el precio ya se encarga de ello, generando incentivos en la dirección apuntada.

B) Aumentar la oferta: los legisladores podrían mejorar la protección jurídica de los propietarios (impagos, okupas) para que más viviendas vacías salgan al mercado. Los ayuntamientos pueden aumentar la oferta de suelo residencial para realizar nueva construcción. Se puede fomentar la rehabilitación removiendo las restricciones legales y la burocracia, etc. Pero, aunque los políticos no hicieran nada bueno (algo de esperar), la mera subida del precio hará que nuevas inversiones se dirijan al mercado de alquiler aumentando la oferta.

El sistema de precios, de forma natural, reducirá la demanda y aumentará la oferta, haciendo bajar nuevamente los precios. Por cierto, los precios nunca están en equilibrio, nada en la economía está en equilibrio, el mercado es dinámico y está en permanente cambio ajustándose a las preferencias de los consumidores. Lamentablemente, algunos políticos ya sea por ignorancia, por ofuscación ideológica o por interés electoral podrán establecer controles de precios, ofreciendo a los votantes un «alquiler asequible» y otros eslóganes populistas.


El problema insoluble del control de precios es que el órgano de planificación del gobierno (funcionarios, asesores, técnicos) carece de la información necesaria para fijar el precio de cada vivienda. Los precios se fijan de forma individual, dinámica y descentralizada por los compradores y vendedores, por tanto, cualquier cifra que determine el gobierno es necesariamente arbitraria y detrimental. Por ejemplo, la Generalidad de Cataluña aprobó en mayo de este año un decreto ley para contener el precio del alquiler en «zonas tensas» (ciudad de Barcelona). La renta no podrá superar en 10% el precio medio del alquiler de la zona e impide a los propietarios actualizar el precio según el IPC. Pero la estadística no resuelve el problema: las casas de una zona (ni siquiera una calle) no son homogéneas y los dueños de pisos mejor situados y/o acondicionados se verán más perjudicados que el resto.

La ciencia económica nos advierte que el control de precios empeorará aun más la situación porque el mercado reaccionará en sentido contrario: aumentará la escasez y tampoco disminuirá el precio real (no nominal) de los alquileres. Por ejemplo, supongamos que la renta de mercado de la vivienda V es 1.000€, si el gobierno fija un precio máximo de 900€, está transfiriendo coactivamente 100€ desde el arrendador al arrendatario. ¿Cómo reaccionará el primero frente a esta agresión? a) Puede dejar de alquilar su casa, venderla o irse al mercado de alquiler vacacional. b) Puede reducir el valor real del inmueble aproximándolo al precio intervenido, ¿cómo? eliminando mobiliario, algunos extras (wifi) o dejando que se deteriore. c) Puede negociar con el inquilino un pago de 900€ en A y 100€ en B. d) Puede endurecer las condiciones contractuales exigiendo más garantías y avales de tal manera que las personas con menor capacidad adquisitiva tendrán mayores dificultades para encontrar una vivienda.

En definitiva, fijar precios máximos al alquiler sólo puede empeorar la situación de escasez relativa,  además reducirá el valor real del parque de viviendas en el mercado. Por tanto, el gobierno no debe regular los precios, sino mejorar el entorno institucional, según apuntamos en B). Por último, la ética nos dice que el «control de precios» es inmoral porque viola la libertad de las partes para realizar contratos legítimos, intentando transferir renta desde el arrendador al arrendatario.

miércoles, 17 de julio de 2019

Dos clases de privilegiados

Angel Víctor Torres
Dice Angel Víctor Torres (PSOE), flamante presidente de Canarias, que los privilegiados deben tenerle miedo. No es lo mismo «ser un privilegiado» que ser receptor de un privilegio político. Veamos las diferencias. En el lenguaje popular, «ser un privilegiado» significa tener éxito en la vida por las cualidades innatas (fuerza, belleza, inteligencia, salud), por las habilidades naturales, adquiridas y perfeccionadas mediante el esfuerzo personal o incluso gracias a la suerte. Todos estos factores influyen para tener éxito en la vida y sentirse «un privilegiado»: estado psicológico que varía de un sujeto a otro, o incluso para un mismo individuo a lo largo de su vida. Por ejemplo, Amancio Ortega y Rafael Nadal son dos privilegiados (cada uno en lo suyo), pero también hay miles de personas que se sienten privilegiadas: tienen salud, familia, trabajo, patrimonio, etc. 

Rafael Nadal
Ser receptor de un privilegio político es algo distinto. En este caso, el privilegiado no obtiene el éxito de forma natural, sino porque la autoridad política aplica restricciones a terceros. Por ejemplo, Rafael Nadal gozaría de un privilegio político si el gobierno español prohibiera la participación de Federer y Djokovic en el Open de tenis de Madrid. Seguramente, veríamos con malos ojos este favor, pero se trata del mismo privilegio que gozan hoy, taxistas, farmacéuticos y funcionarios. El gobierno permite sólo a unos pocos elegidos realizar cierta actividad. Según Lord Coke: el monopolio es un favor político, un fenómeno mercantilista y su existencia sólo es debida a «una concesión de privilegios por parte del gobierno».

Amancio Ortega
La diferencia entre ambos tipos de privilegiados es notable. Los primeros son benefactores de la sociedad y su fortuna es el justo resultado de haber satisfecho puntualmente las necesidades y deseos de sus congéneres. Si Amancio Ortega quiere incrementar su beneficio deberá fabricar mejores prendas y más baratas que sus competidores. En cambio, si un taxista quiere aumentar su facturación deberá conseguir que el político de turno restrinja la oferta todo lo posible, por ejemplo, paralizando la concesión de nuevas licencias y prohibiendo la entrada de Uber y Cabify al mercado. Los políticos lo tienen bastante fácil: si quieren aumentar su renta deberán alzar la mano para votar su propia subida de salario.

Pero cuando el presidente Torres dice que los «privilegiados» deben tenerle miedo, ¿a qué grupo se refiere? Yo creo que se dirige a los primeros, a esos «malditos ricos» que ganan una cantidad de dinero «excesiva». Detrás de su amenaza, que debe ser considerada seriamente, reside el secular odio, resentimiento y envidia que siente el mediocre contra aquellas personas más productivas. Por este motivo, pronto veremos en Canarias nuevos impuestos: ¿tasa turística?

Este nuevo gobierno de saqueadores (valga la redundancia) cree que puede construir una sociedad mejor robando a unos y repartiendo el botín a otros. No sabe que su perverso código moral lleva la semilla de su propia destrucción. Una sociedad que castiga el éxito de los mejores es una sociedad condenada al fracaso y a la miseria. Solo hay que echar un vistazo a Venezuela, pero estos fanáticos de la «redistribución» están cegados por su ignorancia y sus prejuicios.

Huelga decir que las declaraciones del presidente Torres ahuyentará a los inversores: «No hay nada más cobarde que un millón de dólares», o como dice el profesor Huerta de Soto: «Que invierta su puta madre».

Jesús Huerta de Soto

martes, 9 de julio de 2019

La deuda política de España

https://fee.org.es/art%C3%ADculos/la-deuda-pol%C3%ADtica-de-espa%C3%B1a/?fbclid=IwAR3WxLfyVniyQdn2dfPtRx-kfRi85E2TBBGZkyZatEhp5DkOl51E0aTDGHA

miércoles, 3 de julio de 2019

Tres errores económicos de Nigel Farage

Nigel Farage es, sin duda, uno de los políticos con mayor protagonismo y éxito en Reino Unido. Su esfuerzo titánico por sacar a su país de la Unión Europea ha sido recompensado y el próximo 31 de octubre, con toda probabilidad, los británicos abandonarán una organización diseñada para alimentar a políticos y burócratas.

El líder del Brexit Party, al igual que su amigo Donald Trump, quiere «hacer a su nación grande otra vez». Entrevistado, el pasado 27 junio, por Breibart News, afirmaba Farage que en su país eran necesarias tres cosas: a) Recuperar la empresarialidad (las regulaciones europeas están matando el secular espíritu emprendedor de los británicos). b) Situar a RU en el siglo XXI mediante la creación de infraestructuras públicas. c) Acometer reformas políticas: combatir la corrupción, eliminar la Cámara de los Lores, etc. 

En la entrevista, Farage mostró su acuerdo con la propuesta de bajada de impuestos de Boris Johnson, pero añadía un reparo: en el caso de las rentas altas, los propietarios se comprarían un chalé más grande en España:"they just buy a bigger villa in Spain". De esta frase inferimos un triple error económico del político británico.

Primero. La futura reducción de impuestos supondrá un dinero extra en el bolsillo de los británicos 𝍩ricos y pobres𝍩 pero nada nos indica que los primeros lo consumirán fuera del país y los segundos en casa. Por ejemplo: un «rico» podría comprarse una villa más grande en Marbella, pero un «pobre» también podría alargar un día su estancia en Benidorm. Otro ejemplo: un británico de clase media podría comprarse un BMW (hecho en Alemania) y un rico un Rolls Royce (hecho en casa).

Segundo. Cuando alguien incrementa su renta disponible puede emplearla en cualquiera de estas combinaciones: a) aumentando el consumo; b) aumentando el saldo en efectivo (ahorro a la vista); c) reduciendo deudas; y d) aumentando la inversión. Lo cierto es que ricos y pobres no emplearán el dinero extra de igual manera. A medida que aumenta la renta, la cantidad dedicada al consumo es proporcionalmente menor, es decir, la propensión marginal al consumo es decreciente. Los ricos ya tienen cubiertas la mayor parte de sus necesidades de consumo y dedicarán el dinero extra a inversión; en cambio, las clases medias y bajas lo gastarán. En ambos casos, el comportamiento económico es impecable. Quienes castigan el ahorro de los ricos pensando que ese dinero no será despilfarrado en champán, en realidad, impiden una mayor acumulación de bienes de capital en la sociedad. Por otro lado 𝍩cree equivocadamente Farage𝍩 que el dinero escatimado a las personas más acaudaladas será gastado de forma más eficiente por políticos y burócratas manirrotos, cuestión a la que me he referido como mito de la inversión pública.

El tercer error proviene de la mentalidad mercantilista: creencia infundada de que somos más pobres cuando el dinero «sale» del país y más ricos cuando «entra» o se «queda». La balanza comercial es otro mito mercantilista: exportación e importación son las dos caras de una misma moneda. A medio y largo plazo ambas tienden a igualarse. El dinero que «sale» del país tiende a «volver» y viceversa. Lo explico más detalladamente en adonde va nuestro dinero.

En conclusión, si Nigel Farage quiere hacer a Reino Unido grande otra vez, cosa muy loable, debe olvidar sus prejuicios mercantilistas y bajar los impuestos a todos: ricos y pobres. Será la inversión privada, y no el gasto público, lo que mejorará la situación económica de los británicos.